Cómo leer este Código
- Nuestro Compromiso — lo que Saporina se compromete a hacer.
- La Regla — límite innegociable.
- Su Deber — lo que se espera de usted.
- Acción — paso concreto a seguir.
- Referencia — enlace a una política relacionada.
Este código es referenciado por: Política Corporativa, Informe de RSC, Código de Conducta Empresarial. Fuente: ethicaltrade.org (se abre en una nueva ventana) ↑
Introducción y Ámbito de Aplicación
En Saporina creemos que los productos de alta calidad deben ser elaborados por personas tratadas con dignidad y respeto. Hemos adoptado el Código Base de la Ethical Trading Initiative (ETI) como estándar laboral mínimo en toda nuestra organización.
Ámbito
Este Código se aplica a Saporina y se extiende estrictamente a toda nuestra cadena de suministro, incluidos todos los socios autorizados, proveedores y empresas de provisión de mano de obra. Saporina no trabajará con ninguna entidad que no respete estos derechos fundamentales. Para el contexto español y europeo, se lee de forma concurrente con el Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad.
1. El Empleo es Libremente Elegido
1.1 Prohibición del Trabajo Forzoso o por Servidumbre
Prohibición Absoluta
No habrá trabajo forzoso, por servidumbre, ni trabajo penitenciario involuntario.
1.2 Libertad para Abandonar el Empleo
Libertad del Trabajador
No se exigirá a los trabajadores depositar fianzas o sus documentos de identidad ante el empleador, y serán libres de abandonar su empleo previo aviso razonable.
2. Libertad de Asociación y Negociación Colectiva
2.1 Derecho a Sindicarse
Derecho del Trabajador
Los trabajadores, sin distinción, tienen derecho a afiliarse a o constituir sindicatos de su elección y a negociar colectivamente.
2.2 Relación Abierta con los Sindicatos
Deber del Empleador
El empleador adopta una actitud abierta hacia las actividades de los sindicatos y su organización.
2.3 Protección de las Representaciones de los Trabajadores
No Discriminación
Las personas que representen a los trabajadores no podrán ser discriminadas y tendrán acceso para desempeñar sus funciones de representación en el lugar de trabajo.
2.4 Vías Paralelas Cuando Existan Restricciones
Donde la Ley Restringe
Cuando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva esté restringido por ley, el empleador facilitará, y no obstaculizará, el desarrollo de vías paralelas para la asociación independiente y libre y la negociación.
3. Las Condiciones de Trabajo Son Seguras e Higiénicas
3.1 Entorno Seguro e Higiénico
Estándar de Referencia
Se proporcionará un entorno laboral seguro e higiénico. Se adoptarán las medidas adecuadas para prevenir accidentes y lesiones derivadas, asociadas o producidas en el transcurso del trabajo.
3.2 Formación en Salud y Seguridad
Obligación Recurrente
Los trabajadores recibirán formación periódica y registrada en materia de salud y seguridad, y dicha formación se repetirá para los trabajadores nuevos o reasignados.
3.3 Saneamiento y Agua Potable
Instalaciones Provistas
Se proporcionará acceso a aseos limpios y a agua potable y, cuando proceda, instalaciones sanitarias para el almacenamiento de alimentos.
3.4 Alojamiento de los Trabajadores
Cuando Se Provea
El alojamiento, cuando se proporcione, será limpio, seguro y cubrirá las necesidades básicas de los trabajadores.
3.5 Responsabilidad de la Dirección
Deber de Cumplimiento
La responsabilidad en materia de salud y seguridad deberá asignarse a un representante de la alta dirección en la planta de fabricación.
4. No Se Utilizará Trabajo Infantil
4.1 Sin Nuevas Contrataciones
Prohibición Absoluta
No habrá nuevas contrataciones de mano de obra infantil.
4.2 Transición a la Educación
Vía de Subsanación
Las empresas participarán y contribuirán en políticas y programas que prevean la transición de cualquier menor que se encuentre desempeñando trabajo infantil, para que pueda acceder y permanecer en una educación de calidad hasta dejar de ser menor.
4.3 Protección para Menores de 18 Años
Límite Estricto
Los menores de 18 años no podrán ser empleados en horario nocturno ni en condiciones peligrosas.
5. Se Pagan Salarios Dignos
5.1 Principio del Salario Digno
Los salarios y prestaciones abonados por una semana de trabajo estándar cumplen, como mínimo, con los estándares legales nacionales o con los estándares de referencia del sector, lo que sea más alto.
Por Encima del Mínimo Legal
En cualquier caso, los salarios deben ser siempre suficientes para cubrir las necesidades básicas y aportar cierta capacidad de ingreso disponible.
5.2 Transparencia Salarial
Por Escrito y Comprensible
Todos los trabajadores recibirán por escrito información comprensible sobre sus condiciones de empleo en materia retributiva antes de incorporarse al puesto, así como sobre los detalles de su retribución correspondientes al período de pago en cada nómina.
5.3 Sin Deducciones Salariales Disciplinarias
Prohibición
No se permitirán las deducciones salariales como medida disciplinaria ni ninguna deducción no prevista en la legislación nacional sin el consentimiento expreso del trabajador afectado. Todas las medidas disciplinarias deberán quedar registradas.
6. La Jornada Laboral No Es Excesiva
6.1 Cumplimiento de la Ley
Prevalece la Mayor Protección
La jornada laboral debe cumplir las leyes nacionales, los convenios colectivos y las disposiciones de los apartados 6.2 a 6.6 siguientes, prevaleciendo lo que ofrezca mayor protección al trabajador.
6.2 Semana Estándar de 48 Horas
Límite Contractual
La jornada laboral, excluyendo horas extraordinarias, se definirá por contrato y no podrá superar las 48 horas semanales.
6.3 Horas Extraordinarias Voluntarias y con Recargo
Deber del Empleador
Todas las horas extraordinarias serán voluntarias. Las horas extraordinarias se utilizarán de forma responsable y siempre se compensarán con un recargo. No se utilizarán para sustituir el empleo regular.
6.4 Límite de 60 Horas Semanales
Límite Estricto
El total de horas trabajadas en cualquier período de 7 días no superará las 60 horas, salvo en los supuestos previstos en la cláusula 6.5 siguiente.
6.5 Circunstancias Excepcionales
La jornada laboral podrá superar las 60 horas en cualquier período de 7 días únicamente en circunstancias excepcionales, cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:
Prueba en Cuatro Partes
- está permitido por la legislación nacional;
- está permitido por un convenio colectivo libremente negociado con una organización de trabajadores representativa de una parte significativa de la plantilla;
- se adoptan las salvaguardas adecuadas para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores; y
- el empleador puede demostrar que concurren circunstancias excepcionales, tales como picos de producción imprevistos, accidentes o emergencias.
6.6 Día de Descanso Obligatorio
Garantía de Descanso
Los trabajadores dispondrán de al menos un día de descanso cada 7 días o, cuando lo permita la legislación nacional, de 2 días de descanso cada 14 días.
7. No Se Practica la Discriminación
7.1 Igualdad de Trato a lo Largo del Ciclo Laboral
Nuestro Compromiso
No existe discriminación en la contratación, la retribución, el acceso a la formación, la promoción, el cese o la jubilación por motivos de raza, casta, origen nacional, religión, edad, discapacidad, género, estado civil, afiliación sindical o filiación política.
8. Se Proporciona Empleo Regular
8.1 Relación Laboral Reconocida
Estándar por Defecto
En la mayor medida posible, el trabajo realizado debe basarse en una relación laboral reconocida, establecida conforme a la legislación y a la práctica nacionales.
8.2 Sin Elusión Mediante Subcontratación
Sin Vacíos Legales
Las obligaciones para con los empleados derivadas de la legislación laboral o de seguridad social inherentes a la relación laboral regular no podrán eludirse mediante el uso de la contratación de mano de obra exclusivamente, la subcontratación, el trabajo a domicilio o sistemas de aprendizaje sin verdadera intención de transmitir conocimientos o proporcionar empleo regular; tampoco podrán eludirse mediante el uso excesivo de contratos de trabajo de duración determinada.
9. No Se Permite Trato Severo o Inhumano
9.1 Tolerancia Cero ante el Abuso y la Intimidación
Tolerancia Cero
Se prohíben el abuso físico o la disciplina física, la amenaza de abuso físico, el acoso sexual o de otro tipo y el abuso verbal u otras formas de intimidación.
Aplicación y Denuncias
Cómo Aplica Saporina este Código
Auditorías programadas y sin previo aviso: nuestros equipos internos de Aseguramiento de la Calidad y Cumplimiento realizan visitas de verificación periódicas en toda la red de fabricación. También recurrimos a auditores externos independientes.
Consecuencias del incumplimiento: las infracciones confirmadas conllevan un plan de acción correctiva con plazos definidos. La falta de subsanación o las infracciones graves (trabajo forzoso, trabajo infantil) suponen la resolución inmediata de la relación comercial.
Subsanación primero: cuando es posible, Saporina trabaja con los socios para subsanar los problemas en lugar de retirarse sin más; una desvinculación abrupta puede perjudicar a las personas trabajadoras a las que se pretende proteger.
Notificación de Infracciones
Si presencia o detecta una infracción de estos principios —dentro de las operaciones propias de Saporina o en cualquier punto de nuestra cadena de suministro— debe notificarla. Todas las denuncias se tratan de forma confidencial.
Plataforma Web (anónima)
saporina.com/ethics-channelCorreo electrónico
ethics@saporina.com